Como para no quedarse con la rigurosa y objetiva opinión de los econochantas vernáculos, que primero diseñan un sistema de salvataje y fuga de divisas para nuestras aristocracias y 10 años después apuntan con el dedito al único gobierno que propugnó un camino inverso al endeudamiento en décadas (sí, @fedesturze, a vos te hablo), se ofrece a continuación una traducción propia de la totalidad del editorial publicado ayer por el New York Times.
No compartimos muchas de las opiniones vertidas a continuación. Pero su publicación sirve para tener una idea de lo disruptiva y políticamente sesgada que ha resultado la decisión de la Corte Suprema. Léalo con calma, y para mayor comprensión, trate de ponerse por un segundo en los pantalones de los carpinteros y plomeros norteamericanos, que es a quienes está destinado este periódico.
Los juicios difíciles, se ha dicho siempre, crean leyes
erróneas.
Es lo que pasó esta semana. La Corte Suprema de Estados
Unidos, ignorando los pedidos de los gobiernos de numerosos países incluyendo
el propio Estados Unidos, puso al mundo de reestructuración de deuda soberana
de cabeza.
Y al hacerlo, la corte seguramente dañó el status de Nueva
York como capital del mundo financiero. Hizo bastante improbable que países con
problemas genuinos de deuda puedan reestructurar sus deudas. E incrementó el
poder de los inversores –muchas veces, aunque no siempre, fondos de cobertura
que compraron bonos desestimados con enormes descuentos sobre el valor nominal-
para arbitrar sobre reestructuraciones necesarias.
El caso se refirió a una apelación de Argentina, un país al
que la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos llamó, con
amplias razones “un deudor recalcitrante único”. Es un país que ha hecho del
default un hábito nacional en los últimos dos siglos, gatillando la pregunta de
por qué alguien le sigue prestando.
Los próximos 10 días se pondrá el foco de atención en si
Argentina tendrá éxito desafiando las cortes norteamericanas. El 30 de junio
hay un pago de intereses programados sobre un conjunto de bonos argentinos que
su gobierno quiere pagar. Pero las cortes dicen que no puede a menos que pague
todo lo que debe en bonos defaulteados hace años, algo que Argentina dice que
no puede ni va a hacer.
El plan de Argentina es convertir bonos sobre los que quiere
pagar en nuevos bonos que no sean sujeto de legislación de la jurisdicción
Nueva York.
Pero el destino de Argentina, o de sus acreedores, es lo que
hace este caso importante, y quizás desastroso.
Para entender por qué, considere la forma en que los defaults
soberanos y las reestructuraciones han sido gerenciadas en el pasado.
No hay equivalente a la ley de quiebra para deudores
soberanos. Cuando Walter Wriston, el líder de Citibank entre 1967 y 1984 dijo “los
países no quiebran”, fue interpretado significando que los países no se funden
y por lo tanto no defaultean sus deudas. Pero no era eso lo que dijo.
No hay procedimiento legal para resolver las deudas de
países en quiebra. No hay corte que apruebe un plan de reestructuración que barrerá
algunas deudas y convertirá otras en capital, como sí lo hay para empresas.
En su lugar, ha habido un sistema algo dificultoso
denominado “altamente laborioso” por Anna Gelpern profesora de derecho internacional
en Georgetown. Los países en dificultades negocian con sus prestadores,
antiguamente bancos y más recientemente bonistas, para reestructurar deudas. Esas
reestructuraciones podrían significar reducir el monto debido, reducir la tasa
de interés, extender la duración de la deuda o alguna combinación de esas tres
ideas.
El FMI quedaría involucrado, aportando fondos de emergencia
sujetos a reformas gubernamentales necesarias para poner al país en un camino
financieramente sustentable en el futuro. Se supone que el dinero del FMI,
similar a los préstamos a firmas en convocatoria de acreedores tipo “financiamiento
sindicado” ranquea superior a las deudas previas.
Los bonistas pueden, y de hecho lo hacen, mantenerse fuera
de la restructuración. Pero enfrentan el riesgo de que quienes acuerdan reciban
pagos, mientras que ellos no reciben nada.
A veces, si hubiese un pequeño número de holdouts, el
gobierno podría elegir pagarles para evitar problemas futuros. En caso opuesto,
los holdouts pueden ir a la justicia. Qué jurisdicción depende de las cláusulas
de los bonos. Si fuese en las cortes del país que tomó la deuda, los acreedores
están en peligrosa desventaja. Pero si fuera en Nueva York los holdouts podrían
normalmente obtener una orden directa del país para que pague.
El truco está en que el fallo de la justicia es usualmente
inaplicable. Los países tienen inmunidad soberana sobre muchos de sus activos
externos. Un país en default podría tener una embajada o una propiedad valiosa
en Washington, pero queda fuera de aquellos límites.
En el caso argentino, los fondos que enjuiciaron al país han
tratado, mayoritariamente en vano, de encontrar activos que se puedan retener.
Trataron con éxito temporal de tener control sobre un barco argentino en Ghana,
pero fue liberado.
Fue, dice la Sra. Gelpern, un “sistema informal que funcionó
razonablemente bien y que ha permitido a la mayoría de los gobiernos
reestructurar sus bonos a un costo más o menos razonable.”
Ahora cambió, al menos para países que emiten bonos bajo la
ley de Nueva York.
La mano de los buitres ha sido reforzada enormemente. Tras
el fallo de la Corte de Apelaciones de Estados Unidos Segundo Circuito, los
hold-outs no pueden ser cotizados peor que aquellos que los hold-in, e incluso
pueden lograr mejores términos. La Corte Suprema norteamericana ha declinado
una apelación de tales fallos.
Si ese fallo puede ser exigido, puede no haber forma de
reestructurar deuda soberana.
Y puede ser forzado su cumplimiento? Quizás sí.
La corte dice que el Bank of New York, agente pagador de los
bonos, estaría en falta si le paga a hold-ins sin pagarle también a hold-outs.
Y la corte quiere extender el criterio alrededor del planeta. Euroclear, una
firma con sede en Bélgica, dice que la ley requeriría transmitir cualquier pago
que un cliente ordene. Pero la justicia norteamericana dice a Euroclear que no se
debe hacer eso para Argentina.
La Sra. Gelpern dice que “ahora los proveedores de servicios
al mercado financiero son también agentes de cumplimiento de deuda soberana”.
Es por lo menos posible que la opinión del Segundo Circuito
pudiese, en el futuro, ser usada para restringir al FMI de cualquier posición
prioritaria sobre holdouts en cualquier reestructuración que ocurra.
El gobierno norteamericano le ha dicho a las instancias
inferiores que esto crearía un enorme problema. Podría llevar a que los países
elijan la ley inglesa en lugar de la ley de Nueva York, y de esta manera
disminuir el rol de Nueva York como centro financiero mundial. Eso, dice el
gobierno, podría tener un efecto detrimental en el rol sistémico del dólar
norteamericano.
El fallo, agrega el gobierno, “habilitaría a un acreedor
individual minoritario a bloquear la implementación de un plan de reestructuración
soportado internacionalmente y por lo tanto minaría décadas de esfuerzo
norteamericano dedicadas a alentar un sistema cooperativo de resolución de
crisis internacionales de deuda.”
La opinión del Segundo Circuito, en boca del juez Barrington
Parker, barrió tales conjeturas, sugiriendo que Argentina ha sido un deudor
singularmente malo y diciendo que su cumplimiento haría de Nueva York una sede
más atractiva para prestadores. Y, agregó, la mayor parte de los bonos
internacionales emitidos durante la última década tienen “cláusulas de acción
colectiva” que permiten que una mayoría de bonistas fuerce a los holdouts a
aceptar una reestructuración, sugiriendo que el problema ya ha sido
solucionando.
Países como Brasil, Francia y México le han dicho a la Corte
Suprema que eso es ridículo. Primero, hay todavía montañas de bonos sin tales
cláusulas. Segundo, las cláusulas de acción colectiva operan emisión por
emisión. De manera que puede ser posible para holdouts comprar cantidades
suficientes de una emisión para bloquear una reestructuración completa apoyada
por una mayoría aplastante de acreedores.
Y entonces qué ocurriría? En un despacho sometido a la Corte
Suprema, Joseph Stiglitz, profesor de la Universidad de Columbia y ex jefe de
economistas del Banco Mundial, da una visión: “Sin posibilidades de
reestructurar, los gobiernos que defaulteén quedarán permanentemente aislados
del mercado internacional de deuda, con consecuencias adversas en el desarrollo
económico y de crecimiento”
Qué pensó la Corte Suprema de esos argumentos? Evidentemente
no mucho. Declinó escuchar la apelación argentina e incluso pedir opinión al gobierno
de Estados Unidos.
La corte decidió un caso relacionado, pero menos importante.
Esa decisión hará más fácil para los buitres forzar a Argentina a revelar información
en activos que poseé en el mundo, en esperanza de encontrar los vulnerables.
Es difícil mostrar simpatía por Argentina, que eligió forzar
un plan de reestructuración brutal años después de defaultear, cuando pudo
haber sido más generoso. Pero es probable que esta decisión lastime países
cuyos problemas financieros son mucho más serios. Llevará a que muchos de ellos
traten de escapar de un sistema legal norteamericano que parece comprometido
con el equivalente siglo 21 a una prisión para países deudores que sufren un
desmanejo financiero opresivo.
No es la visión del juez Parker. “Creemos, dijo, que el
interés en mantener el status de Nueva York como uno de los centros financieros
–ampliamente compartido en la comunidad financiera- está sentada en requerir a
los deudores, incluso los extranjeros, de que paguen las deudas”.
1 comentario:
NY ya estaba perdiendo poder financiero, pero en manos de los muy republicanos comunistas Chinos, que tienen la plaza financiera hoy principal del mundo. Estos pleitos menores en el capitalismo financiero globalizado no son ni nuevos ni tendrán las consecuencias que Pág12 inventa.
Es muy simple: continuarán depreciándose los salarios argentinos vía inflación para ¡llenarles la cara de dólares!
Las peleas políticas contra la Tía Fiestera del Clarín yanqui, son otro cantar y hacerse ilusiones de que esto deriva en un crak de la deuda soberana europea es sencillamente, estar chiflado
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