lunes, 13 de septiembre de 2010

Ganancias

El siguiente caso es imaginario, pero bien podría ser real. Quiero decir, es totalmente verosímil.

Se trata de un directivo de una entidad financiera. Tiene su oficina en Puerto Madero. Va a trabajar todos los días con su VW Vento desde la zona norte del Conurbano (digamos, Olivos). Tiene tres hijos. Desde que se separó de su mujer se compró un Mini-Cooper, para usarlo solamente los fines de semana o eventualmente algún jueves. Lo puso a nombre de su hermana, desde que se enteró que algunos jueces consideran que tal propiedad es causal de aumento de la cuota alimentaria.
Su ingreso ronda los 25.000 pesos mensuales. Aparte cobra bonus, algunos de los cuales se convirtieron en acciones de la empresa. La distribución de utilidades, en este caso, no espanta inversores ni afecta la seguridad jurídica, por suerte.
Los chicos van a colegios privados caros, empilchan bien, juegan al hockey o al rugby (depende el género).

Cuando le toca hacer la declaración jurada de ganancias, el tipo hace cuentas: pasa como 130 lucas anuales a la mantención de los hijos. Se consiguió una tía lejana en Misiones, a la que le dona una pequeña suma. Y les pasa a sus viejos guita todos los meses (imaginate que son jubilados). La prepaga, plan familiar, arregló para que se la pague la empresa, es cierto. Aporta todos los meses a un seguro de retiro de una reconocida empresa internacional, constituido en Estados Unidos porque "en este país de mierda nunca sabés lo que puede pasar" con la jubilación.
Todos esos montos el tipo los descuenta de la base imponible del Impuesto a las Ganancias. Y resulta que nadie se calienta mucho por averiguar si esos recursos que el estado resigna financian actividades que necesitan o no financiación.
Por el rendimiento de las acciones no tributa, desde ya.

Mientras tanto, un trabajador que gana más de 4.800 pesos mensuales brutos, no cobra asignación familiar.
Revisar este tema sería un interesante próximo paso.

4 comentarios:

Mariano T. dijo...

Se puede hacer todo eso?
No tenés el teléfono del contador de ese tipo?
Por los míos solo puedo descontar la deducción por hijo como todos, el seguro de vida tiene un tope, lo mismo que la Obra social. Qué lindo ser esclavo de la 4ta categoría!

celina dijo...

Mariano, tá difícil para mí pensar seriamente estos problemas relacionados con "el control" pero se me ocurre que el relato es un buen aporte de guión pa la valoración del género telenovela que propone Andrea del Boca

El personaje de la hermana es una basura!!! loca, son tus sobrinos! ja de joder! cuestión de género!

Podemos incluir en el reparto a Mariano T (no te hagás el dolobuuuuuuu).

saludos

Mariano dijo...

La hermana te diría: Qué sobrinos, Celina?
Es la yegua de mi cuñada, que guita que agarra se la patina en pilcha para ella. O vos te pensás que con lo que le pasa mi hermano no le alcanza para que a los chicos no les falte nada?

A su manera, es cuestión de género también.

Saludos

kaliban2 dijo...

si pero la asignacion familiar, es un derecho nacido de la necesidad generada por el medio.
si vos como individuo asalariado no vivis el medio a traves de la necesidad producida por este, no tenes ese derecho particular nacido de una necesidad puntual, entiendo yo, no se

si 4800 es el numero, no se.

pero esto es para los que no lo tenian y transversalmente incluye la idea de romper con la cultura impuesta de negacion de la condicion de trabajador a los desempleados, a esa onda protestante gorilona que baja desde el norte hay que echarle fli.