sábado, 26 de septiembre de 2009

Trama y Revés




Respecto del tratamiento del proyecto de Ley de SCA. Dos Cositas.

Primero.

La relacionada con una de las chicanas más utilizadas por la oposición en su crítica al proyecto por estos días: que en 2005, el gobierno de Kirchner, a través del decreto 527, extendió durante 10 años y de manera indiscriminada las licencias de radiodifusión y lo hizo porque la administración de ese momento y el Grupo conformaban una alianza de intereses, alianza que se disolvió en la presente coyuntura.

No vamos a hablar en este post sobre la estructura de alianzas de poder fáctico sobre las que descansaba el kirchnerismo de aquel momento. Es probable que algo de cierto haya. Pero es una verdad “residual”.

Esa chicana, que parece imbatible, expresa un razonamiento de corto alcance que puede servir para convencer al distraído, al desinformado. Lo que no es admisible es que cuadros que son referentes en el campo Nac&Pop duden o se queden chitos frente a esa pavada.

Veamos, muchachos: el activo fundamental de una empresa de radiodifusión, cualquiera que sea, no son sus antenas, ni sus equipos de transmisión, ni los contratos con sus locutores y periodistas estrella. La mayoría de esas cosas vale, respecto del conjunto, chirolas. El activo esencial que detentan es la posibilidad de facturación a futuro, medida en el presente. Y sólo hay posibilidades de seguir facturando si la licencia de concesión lo permite. Es decir que el valor de una radio es un número que decrece de manera proporcional a la cercanía con la fecha de fin de la licencia. Llegado ese día, y sin señales de extensión por parte de las autoridades, la radio o canal de TV valen MUY poco.

Tan poco, que se les está dando una oportunidad irrepetible de oferta de fin de temporada a los peces gordos. Léase claramente: Grupo Clarín no necesita la extensión: los que lo necesitaban para no verse deglutidos eran, opuestamente, todos los pequeños y medianos medios. Que ya empezaban a ver a los grandes buitres volar en círculos allá arriba. El decreto 527 vino a EVITAR mayor concentración, mayor oligopolio. Justamente lo opuesto de lo que el Ganso Morales declama.

Segundo.

El razonamiento sobre el que se mueve la discusión sobre plazos de desinversión que la oposición pretende estirar en Senadores de uno a dos o tres años es exactamente el mismo: el precio de venta de las licencias a desinvertir frente a los compradores. Pero con una accesoria fundamental: dos años dejan soñar a los grandes medios con la fantasía de que pueden resistir.

Hagamos la siguiente cuenta: una vez promulgada la ley el gobierno se avoca a reglamentarla y emitir las reglas de desinversión con la mayor premura posible. Ese plazo no baja de 6 meses. A partir de ahí cuenta el plazo de desinversión que se está discutiendo. Un año, como dicta el texto actual, da un total de 18 meses. Dos años dan un resultante de 30 meses. En el primer caso, todavía está a cargo de la administracion la actual Presidente. En 30 meses le toca dar la campanada de fin del oligopolio al próximo gobierno. La apuesta de los medios es que el próximo gobierno es “amigo”y los ayuda a congelar ese proceso.

El plazo de UN año fijado en el artículo 161 del actual proyecto de ley se debe defender a capa y espada. Y Pichetto lo sabe.

Sigan los gansos buscando agujeros en el revés de la trama.




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2 comentarios:

El Rabino Bergman Peronista dijo...

Les dejo lo que dice Gustavo Arballo sobre los derechos adquiridos http://www.saberderecho.com/

En debate con Rossi, Aguad dice que las leyes no pueden afectar derechos adquiridos. Sabsay va a lo mismo diciendo que no se puede atacar la garantía de la propiedad. Centrémonos, explícitamente, en las licencias que tiene hoy el Grupo Clarín. Si la ley se sanciona, el Grupo debería desinvertir y vender las licencias que superen los límites que la nueva ley fija a la explotación simultáneas.

1. Nadie tiene derecho al mantenimiento de una legislación determinada.

2. Si ese fuera el alcance que le damos a la garantía de irretroactividad, ninguna legislación antitrust del mundo podría tener efecto. Y, en concreto, ninguna ley de medios podría empezar a tener efectos desconcentradores sino a medida que vayan "venciendo" las licencias dadas. Eso significaría, en realidad, darle efecto ultraactivo a una ley derogada, algo que el Congreso puede hacer si quiere, pero no es su obligación (ni es inconstitucional no hacerlo).

3. La nueva ley no supondría de por sí la caducidad automática de ninguna licencia conferida en particular, sino la imposibilidad de seguir explotando conjuntamente un número equis de ellas.

4. Si la licencia se revocara sin mas, el argumento de confiscatoriedad tendría sentido. Pero el desinvertir supone que el titular de la licencia la vende -se entiende- recibiendo un precio por lo que vendió, precio que (entre otros rubros determinativos) se dará en función del flujo de fondos esperado de la explotación de la licencia que se negocia. Entonces, nadie le expropia nada.

5. En realidad, el agravio y el perjuicio estará dado por la imposibilidad de que el Grupo sostenga una posición dominante como la que tiene hoy. Pero eso es un agravio a futuro, no es un agravio retroactivo. Y entonces volvemos a lo dicho antes: nadie tiene derecho al mantenimiento de una legislación determinada, mucho menos de ésta.

Mariano dijo...

Gran aporte del rabino peronista y también de Arballo.
Hay que resaltar que la aplicación de la ley no hace cesar licencias. Se modificará la composición accionaria y la propiedad de las acciones de las empresas controlantes de los medios licenciatarios, pero las licencias otorgadas perduran.
Saludos